El ataque en Naco
Pumarol Fernández ataca a Ivonne y a otras cinco personas en el condominio Naco Dorado IV. Ivonne muere a causa de las heridas.
Ivonne Handal Abugabir, de 70 años, fue asesinada dentro de su casa. Un tribunal exoneró al acusado de responsabilidad penal. Su familia apeló.
Vamos a apelar. No nos va a devolver a nuestra madre, pero queremos crear un precedente.
El 23 de julio de 2025, Ivonne fue atacada con un arma blanca dentro de su propio hogar.
El acusado es Jean Andrés Pumarol Fernández, de 30 años, vecino del mismo condominio. Según el expediente y los reportes de prensa, el ataque dejó además cinco personas heridas: el propio padre del acusado, la cuidadora de Ivonne y tres vecinos. La familia del acusado indicó públicamente que él tenía un diagnóstico psiquiátrico desde años antes.
Ivonne falleció a causa de las heridas. La acusación sostiene que la evidencia disponible —incluido el testimonio de los agentes policiales que llegaron al lugar— demuestra la gravedad del hecho y justifica un juicio de fondo.
Tenía 70 años. Vivía en el condominio Naco Dorado IV, en el ensanche Naco del Distrito Nacional.
Tenía tres hijas —Wallesca, Evelyn y Carolyn— para las que ella era su mundo. Era hermana, madre, tía, amiga, mujer de fe y convicciones claras. Quienes la rodeaban la recuerdan como una vecina cercana y afectuosa, alguien que a su edad aún tenía planes por cumplir. Este crimen atroz conmocionó al país y motivó expresiones públicas de condolencia, y dejó preguntas que aún esperan respuestas:
¿Cuál es nuestro lugar seguro? ¿Nuestras casas? ¿Por qué este joven no está pagando una condena en algún pabellón psiquiátrico de las cárceles de nuestro país?
Así ha avanzado —y retrocedido— la búsqueda de justicia ante los tribunales dominicanos.
Pumarol Fernández ataca a Ivonne y a otras cinco personas en el condominio Naco Dorado IV. Ivonne muere a causa de las heridas.
El Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional exonera a Pumarol de responsabilidad penal al considerar que actuó bajo un brote psicótico, e impide que el caso llegue a juicio de fondo. La familia califica la decisión como devastadora.
El Ministerio Público y el abogado de la familia apelaron formalmente el «no ha lugar». La corte aplazó para esta fecha la lectura de su decisión sobre el recurso.
Reportes de prensa sobre el caso.
La ley dominicana no exime a nadie por tener un diagnóstico psiquiátrico. El artículo 64 del Código Penal exime a quien actuó «en estado de demencia», es decir, en el momento mismo del hecho. Esa distinción —entre padecer un trastorno y estar en crisis al actuar— es exactamente lo que discute la apelación en el caso de Ivonne.
También diagnosticado con esquizofrenia. Su defensa pidió que se le juzgara por el procedimiento para inimputables y el tribunal lo rechazó: los peritos establecieron que con tratamiento podía llevar una vida normal y que no se determinó que estuviera en estado psicótico al momento del hecho. La Suprema Corte confirmó la condena y el Tribunal Constitucional cerró el caso en diciembre de 2025.
Inimputabilidad rechazada · 20 años de reclusión mayor
Leer la sentencia TC/1554/25 →
La Defensa Pública y el Ministerio Público pidieron juntos, en 2008, que se declarara inimputable a un hombre con condiciones psiquiátricas severas acusado de homicidio. El tribunal lo rechazó y resolvió esperar a que recuperara la capacidad mental. Pasó dos décadas en prisión preventiva, sin condena y sin tratamiento psiquiátrico adecuado, hasta que una corte ordenó su liberación.
Nunca hubo juicio · 20 años en prisión preventiva
Leer en Hoy →Ninguno de estos casos es idéntico al de Ivonne y ninguno determina cómo debe resolverse. Se incluyen porque muestran dónde han trazado los tribunales dominicanos la línea entre el diagnóstico y la responsabilidad penal. Esa misma doctrina admite que, cuando sí se acredita un brote al momento del hecho, la eximente se aplique por completo: es el punto que la corte debe resolver el 6 de agosto.
El caso de Ivonne no se contabiliza como feminicidio: esa figura exige en República Dominicana una relación de pareja o familiar, y a ella la atacó un vecino. Su muerte se investiga como homicidio. Las cifras siguientes no describen su caso: describen el sistema que ahora decide sobre él.
Hay una cifra que no aparece arriba porque no existe: República Dominicana no publica datos sobre con qué frecuencia sus tribunales acogen la inimputabilidad o dictan un «no ha lugar» por trastorno mental, ni sobre qué ocurre después con esas personas. Esa ausencia es, en sí misma, parte de lo que el caso de Ivonne dejó expuesto.
La familia de Ivonne no busca solo respuestas sobre lo que le ocurrió a ella. Busca que este caso siente un precedente sobre cómo la justicia dominicana evalúa la responsabilidad penal en hechos violentos, y sobre el derecho de las víctimas a que su caso se conozca en un juicio de fondo.
El debate que abrió el caso —qué significa la inimputabilidad, quién la determina y qué ocurre después con la persona declarada inimputable— sigue abierto en el país. Mientras la apelación avanza, la visibilidad pública ayuda a que el caso no quede en el olvido.
Cada acción, por pequeña que parezca, mantiene la presión pública mientras el proceso de apelación continúa.
Mientras más personas conozcan el caso, más difícil es que pase inadvertido.
La próxima fecha clave es el 6 de agosto de 2026. Consulta la cronología para ver dónde está el proceso.
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